El Ministerio de Salud Pública cerró ayer de manera temporal el Centro de Salud CLIDEME, por no reunir las condiciones establecidas en la Ley General de Salud 42-01 y su reglamento 1138-03, de habilitación de centros de salud.

El establecimiento, ubicado en la calle Juan Bautista de la Salle no.97, entre las inmediaciones de las avenidas Rómulo Betancourt y Caonabo, en la Urbanización Renacimiento del Distrito Nacional, hasta el momento del cierre no había iniciado el proceso correspondiente de habilitación legal.

Al efectuar el cierre, el equipo técnico de la institución identificó durante un recorrido un consultorio, dos habitaciones, un área de masajes y cosmetría, un quirófano (para la realización de intervenciones quirúrgicas) con área de medicamentos y esterilización, sin contar con la debida autorización por la autoridad sanitaria, por tanto se procedió al cierre.

Qué dice la Ley de Salud

La Ley General de Salud 42-01, establece en su artículo 23 párrafo IV del reglamento 1138-03 ´´Si la autoridad sanitaria considera que la falta de cumplimiento de las condiciones mínimas es grave, de forma tal que ponga en peligro o riesgo la salud y la vida de las personas se procederán al cierre total o parcial del establecimiento sin que medie plazo o habilitación´´, instruye.

En un comunicado de prensa, el Ministerio de Salud aseguró que continúa las acciones de supervisión a establecimientos de salud para verificar si cumplen con los requisitos requeridos para brindar servicios a la población y está procediendo a cerrar a aquellos que no tengan las condiciones exigidas por la Ley de Salud para su habilitación.

El cierre fue ejecutado por la Dirección de Habilitación y Acreditación, adscrita al Viceministerio de Garantía de la Calidad, en coordinación con el Área V de Salud luego de denuncias recibidas y su posterior investigación.

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