La separación de los poderes

Hace más de dos siglos y medio que Montesquieu planteó el principio de la separación de los poderes en todo Estado.

Hace más de dos siglos y medio que Montesquieu planteó el principio de la separación de los poderes en todo Estado. Esa concepción se terminó consagrando como el gobierno democrático, en el cual un solo hombre no puede controlar todo el Estado de una nación, porque desnaturaliza la característica esencial de ese sistema. De hecho, aún en los estados dictatoriales, desde el punto de vista formal, el poder se estructura de esa forma, es decir, un órgano Legislativo, una Organización Judicial y un Ejecutivo, lo que muestra la validez de una tesis que encuentra su forma ideal de materialización en la democracia.

La República Dominicana adoptó el sistema de división de los poderes desde su fundación y progresivamente ha ido creando órganos para fortalecer su funcionamiento. Así ha surgido la organización municipal, que se asume como el gobierno local.
Pero también están los órganos de control del ejercicio de la autoridad y la correcta aplicación de las leyes, y también de la administración de los procesos para la renovación de las autoridades que habrán de dirigir esos poderes.

La Constitución dominicana instituye la separación de los poderes en el gobierno de la Nación. El artículo 4 establece que “el gobierno de la Nación es esencialmente civil, republicano, democrático y representativo. Se divide en Poder Legislativo, Poder Ejecutivo y Poder Judicial. Estos tres poderes son independientes en el ejercicio de sus respectivas funciones. Sus encargados son responsables y no pueden delegar sus atribuciones, las cuales son únicamente las determinadas por esta Constitución y las leyes”.

Siendo así, un poder del Estado no puede pretender imponerse sobre otro. Y cada vez que eso ocurre y se acepta se debilita el imperio de la Constitución y un fundamento clave que es la separación de los poderes en que se afirma la democracia.

Porque simple y llanamente cada poder tiene sus funciones muy específicas, lo que equivale a decir sus límites, y cuando un poder se extralimita, el orden institucional queda en peligro.

Se supone que los responsables del ejercicio de un determinado poder deben trabajar para robustecer un estado único o unitario como es el dominicano, porque lo contrario sería atentar contra el fundamento del sistema democrático.

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